lunes, 12 de abril de 2010

Leyes Laborales

LEY DE LA SILLA (boletín 3482-13)
La antigua Ley de la Silla, de 1914, existe hoy día en el artículo 193 del Código del Trabajo vigente, por lo que en ciertos lugares de atención al público debe existir un “número suficiente” de asientos para los trabajadores, cuando no estén atendiendo clientes. El proyecto ahora establece “una silla cada tres trabajadores” y el derecho para éstos (tal vez la obligación) de ocupar el asiento durante 15 minutos por cada horacompleta de trabajo, lo que constituye un despropósito, que consiste en rebajar en dos.














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